SECCIÓN I: LA LEY FEDERAL SUIZA DEL 23 DE DICIEMBRE DE 1880
Fuente: Textos de base del Control federal suizo de las manufacturas de oro y plata.
El control es obligatorio, en Suiza, para todas las cajas de relojes que lleven, en cualquier idioma, una indicación de ley en milésimas o en quilates. No obstante, se hace excepción con las cajas de baja ley (por debajo de 14 k. [0,583] para el oro y de 0,800 para la plata), las cuales no se punzonan, pero deben, en cambio, llevar la marca del fabricante si están provistas de una indicación de ley. Ninguna manufactura de oro y plata que lleve una designación de ley podrá tener una ley inferior a la indicada, a reserva de la tolerancia legal para los ensayos (3 milésimas para el oro y 5 milésimas para la plata). Ninguna de las partes de estas manufacturas podrá tener una ley inferior a la punzonada o indicada. Solo se hace excepción con las charnelas de las cajas de plata (bajo la responsabilidad del productor) y los cañones de los pulsadores, para los cuales el fabricante no haya solicitado la verificación en el momento de la presentación de las cajas al control.
El «galonné» [borde chapado en oro] y el «plaqué» [chapado], en las cajas de plata, se admiten a control si el oro empleado en su fabricación resiste la acción del ácido nítrico a 32º del areómetro de Baumé, lo que equivale a decir que el oro empleado debe ser de unos 12 quilates. Está, además, prohibido interponer capa alguna de cobre entre la materia de oro y la de plata. Los apliques e incrustaciones de oro en las cajas de plata también deben tener una ley mínima de 12 quilates (0,500).
Para las manufacturas de bisutería y de orfebrería, el control es facultativo. Dichas manufacturas deben llevar la marca del fabricante para ser admitidas al punzonado. Aquellas de estas manufacturas que tengan las leyes superiores (18 k. y superiores para el oro, y 0,875 y superiores para la plata) pueden ser punzonadas aun cuando no contengan indicación de ley. Al igual que ocurre con las cajas de relojes, las manufacturas de bisutería y de orfebrería que no estén controladas oficialmente no pueden llevar otra indicación, en cuanto a su composición o aleación, que la de su ley real. Si llevan esta indicación, deben estar además provistas de la marca o del signo del productor depositado en una oficina de control (art. 2, 1er párrafo de la ley federal sobre el control del 23 de diciembre de 1880). Para todas las manufacturas de oro y plata, la indicación de la ley es estampada por el fabricante y el punzón de garantía por las oficinas de control.
Los punzonados tendentes a engañar al comprador están prohibidos.
Características y dimensiones de los punzones oficiales
Los punzones de control de las diferentes leyes son los siguientes:
ORO
18 quilates o 750 milésimas y superiores: Busto de Helvetia de perfil izquierdo inscrito en un escudo de base redondeada. Altura del punzón: 2 mm. Anchura del punzón: 1 mm.
14 quilates o 583 milésimas y superiores: Ardilla de perfil hacia la derecha. Altura del punzón: 2 mm. Anchura del punzón: 1 mm.
PLATA
875 milésimas y superiores: Oso rampante de perfil hacia la izquierda. Altura del punzón: 2 mm. Anchura del punzón: 1 mm.
800 milésimas: Urogallo (coq de bruyère) de perfil hacia la derecha inscrito en un hexágono alargado. Altura del punzón: 2 mm. Anchura del punzón: 3 mm.
(La letra x indica el lugar donde se encuentra, en el punzón, el signo distintivo que permite reconocer en qué oficina ha sido punzonado el objeto).
Identificación de las Oficinas de Control: La letra minúscula o símbolo «x» indicado en el diseño original de cada punzón oficial es sustituido en la práctica por la marca identificativa de la oficina de control suizo donde se realizó el ensayo. Por lo general, corresponde a la primera letra de la ciudad en mayúscula, salvo en casos de coincidencia fonética. Las equivalencias y fechas de apertura son las siguientes:
- Berna (+), Basilea (*), Bienne (B), La Chaux-de-Fonds (C), Delémont (D), Fleurier (F), Ginebra (G), Grenchen (g), Le Locle (L), Madretsch (L), Neuchâtel (N), Noirmont (n), Porrentruy (P), Saint-Imier (I), Schaffhouse (S), Tramelan (T), Zúrich (Z)
Las dimensiones de los punzones destinados a controlar las carruras y los cuellos de las cajas de relojes, la bisutería y las manufacturas menudas, son más reducidas que las indicadas en la figura anterior. Además, el encuadre de estos pequeños punzones es el siguiente:
ORO (Pequeños punzones)
18 quilates o 0,750 y superiores: Busto minúsculo de Helvetia en un escudo estilizado.
14 quilates o 0,583 y superiores: Ardilla minúscula inscrita en un rectángulo vertical.
PLATA (Pequeños punzones)
0,875 y superiores: Oso rampante minúsculo inscrito en un escudo apuntado.
0,800: Urogallo (coq de bruyère) minúsculo inscrito en un óvalo alargado horizontalmente.
El punzón se estampa, en relojería, en los fondos de las cajas, en las cuvettes, en las carruras y en el cuello (excepcionalmente, se estampa dos veces en la carrura si el cuello es demasiado débil para recibir una insculpación). Si se solicita, el punzón también puede estamparse en la anilla, a condición de que esta última sea maciza y lleve la marca del fabricante. La bisutería se punzona en las partes esenciales del cuerpo de la pieza, teniendo en cuenta, en la medida de lo posible, la fragilidad de los objetos.
SECCIÓN II: REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (JOURNAL SUISSE D’HORLOGERIE, 1881)
ART. 2. Las manufacturas enviadas a la oficina de control para ser ensayadas y controladas deberán estar clasificadas y separadas por ley. Cada lote deberá ir acompañado de una declaración firmada por el productor, indicando el número y la naturaleza de los objetos, la ley y los números. La bisutería, la orfebrería, las cajas de relojes y todas las piezas sin números deberán, para ser controladas, llevar la marca del fabricante o un signo distintivo conocido por la oficina.
ART. 3. Las manufacturas de oro o plata presentadas para ser controladas serán ensayadas en todas sus partes. Para evitar que se deterioren por la toma de muestra para el ensayo, se llevarán enteramente montadas, no terminadas, pero lo suficientemente avanzadas en su fabricación para que, en el acabado, las marcas insculpidas, así como las piezas, no puedan sufrir ningún cambio ni alteración. Una instrucción especial del Departamento Federal de Comercio y de Agricultura podrá precisar más detalladamente esta disposición, teniendo en cuenta las diferentes categorías de manufacturas.
ART. 4. Ninguna de las partes que componen una manufactura de oro o plata podrá ser de una ley inferior a la del conjunto de la pieza, cualquiera que sea el color de las aleaciones empleadas en su fabricación o en su decoración. Se exceptúan las aplicaciones y adornos de platino o de plata colocados exteriormente, así como las charnelas de las cajas de plata, a reserva, no obstante, de las disposiciones del artículo 8.
ART. 5. El punzón se aplicará en todas las partes esenciales de la pieza, a saber: Para las cajas de relojes:
- a) En los fondos;
- b) En la cuvette;
- c) En la carrura, y
- d) En el cuello.
A petición del fabricante, el punzón también podrá ser estampado en la anilla. Unos punzones, con la misma impronta que los anteriores, pero más pequeños, serviran para punzonar la bisutería, la orfebrería, las carruras, los cuellos de las cajas, etc. Si la cuvette es de un metal distinto al punzonado, deberá llevar en todas sus letras la indicación exacta de dicho metal. Las adiciones a la indicación de las leyes de 18 k. para el oro o de 875 milésimas para la plata de primera ley (first silver, first gold, erster Feingehalt, y traducción idéntica en los demás idiomas) serán admitidas al punzonado federal.
ART. 6. Si las manufacturas de oro o plata contienen exterior o interiormente partes de una ley inferior a la enunciada en la declaración o el punzonado, dichas partes serán inutilizadas por el ensayador jurado en presencia de un miembro de la administración, sin perjuicio de las penalidades previstas por la ley.
ART. 7. Se declaran con núcleo de metal inferior (fourrés) las manufacturas de oro o plata que contengan en su interior partes de leyes inferiores, un exceso de soldadura, metales, aleaciones o sustancias extrañas a los que deberían componer el cuerpo de la pieza. Los objetos reconocidos como tales serán inutilizados por el ensayador jurado en presencia de un miembro de la administración, sin perjuicio de las penalidades previstas por la ley.
ART. 8. Cuando las manufacturas sometidas al punzonado estén destinadas a un país que exija leyes plenas o ligeramente superiores a las fijadas por la ley federal, o que no admita las excepciones previstas en el artículo 4, corresponderá al productor tomar a este respecto las precauciones necesarias. La oficina de control suiza no incurre en responsabilidad alguna si, habiendo estampado el punzón federal teniendo en cuenta la tolerancia legal o las excepciones previstas en el artículo 4, las piezas en cuestión fuesen seguidamente rechazadas o rechazadas por una oficina de control extranjera.
Tarifa primitiva del punzonado (Art. 9)
- a) Por una caja de oro “à verre” [lepine / de cristal]: Fr. 0,15
- b) Por una caja de oro saboneta [savonnette]: Fr. 0,20
- c) Por una caja de plata “à verre” [lepine / de cristal]: Fr. 0,05
- d) Por una caja de plata saboneta [savonnette]: Fr. 0,10
- e) Por una anilla de oro: Fr. 0,05 (ajuste posterior)
- f) Por una anilla de plata: Fr. 0,02 (ajuste posterior)
Para la bisutería: e) Por pieza hasta 10 gramos: Fr. 0,05; f) De 10 gramos y superiores: Fr. 0,15. Para la orfebrería: g) Por pieza hasta 150 gramos: Fr. 0,05; h) De 150 a 300 gramos: Fr. 0,15; i) De 300 gramos y superiores: Fr. 0,50. Estas tasas deben ser estrictamente observadas. Sin embargo, el Consejo Federal podrá autorizar una ligera elevación en favor de las oficinas que no cubran sus gastos anuales. Para los objetos presentados a la oficina y que no puedan ser punzonados, la tasa de ensayo se duplicará a modo de multa.
Disposiciones administrativas y organización de las oficinas
ART. 10. Cada punzón tendrá una marca particular, que hará reconocer en qué oficina de control han sido punzonados los objetos.
ART. 11. Los cantones fijan lo relativo a la organización administrativa de las oficinas de control. Habrá una comisión de vigilancia para cada oficina. Los cantones deben proveer que se pongan locales convenientes a disposición de las oficinas, de manera que los empleados puedan trabajar cómodamente y que el público no tenga acceso a los laboratorios ni a los despachos de los ensayadores.
ART. 12. Los cantones deben conceder la autorización para abrir una oficina de control a toda comuna o a toda asociación de comunas que proporcione la prueba de que está en condiciones de conformarse estrictamente a la ley y a los reglamentos sobre la materia, y que se comprometa a soportar el déficit eventual que la oficina pudiera ocasionar. La autoridad federal puede oponerse a la apertura o bien ordenar el cierre de una oficina que no estuviese organizada en condiciones que ofrezcan garantías suficientes.
ART. 16. Conforme al artículo 4 de la ley sobre el control y la garantía de la ley de las manufacturas de oro y plata, se instituirá una oficina federal de control. Tendrá por objeto: 1.º Formar ensayadores que posean los conocimientos necesarios en teoría y en práctica; 2.º Hacer pasar exámenes para la obtención del título federal; 3.º Verificar, en caso de litigio, los ensayos de las oficinas cantonales.
ART. 17. En caso de litigio, la verificación de los ensayos en la oficina federal de control será inapelable. Las piezas, por tanto, serán punzonadas o rechazadas. Se pagará por la revisión cuatro veces la tarifa fijada por los cantones. Los gastos serán pagados por la parte que haya cometido el error.
ART. 21. Los ensayadores y empleados del control no podrán, en ningún caso, dedicarse al comercio bien de manufacturas, bien de materias de oro y plata. El Departamento Federal de Comercio y de Agricultura puede exigir la suspensión o la revocación de un ensayador o de un empleado que no cumpliese regularmente con sus funciones. En caso de negligencia grave por parte de un ensayador jurado, el Departamento tiene el derecho de retirarle su diploma, a reserva de recurso ante el Consejo Federal.
ART. 22. Está expresamente prohibido a los ensayadores y empleados, así como a los miembros de las comisiones de vigilancia, tomar y dar calcos, indicaciones verbales o escritas, copiar o dejar copiar modelos, dibujos y decoraciones de las piezas enviadas a la oficina para ser bien simplemente ensayadas, bien ensayadas y controladas.
ART. 23. En cada oficina de control quedan depositadas dos planchas metálicas destinadas a recibir, según un número de orden, la impronta de las marcas o signos distintivos de los productores de manufacturas de oro o plata de dicha oficina (art. 2 de la ley). Todo productor llamado a realizar el depósito de su marca está obligado a declarar al mismo tiempo su domicilio y su industria.
Ordenanza especial de transición: El punzón de la abeja
ART. 1.º A partir del 1.er de septiembre de 1881, las oficinas de control cantonales podrán admitir al punzonado ad hoc o al precintado con plomo, con el punzón abajo descrito, las manufacturas de oro y plata, de conformidad con las siguientes disposiciones: [Punzón: Una abeja obrera vista de dorso con las alas desplegadas].
ART. 2. Las cajas de relojes que lleven una u otra de las indicaciones mencionadas en el artículo 1.º, letra a, de la ley federal y que no estuviesen marcadas con el control de un cantón suizo o de cualquier otro Estado cuyo punzón fuese reconocido como equivalente, podrán recibir, bien el punzón correspondiente a la ley indicada, bien, si este marcado no fuese posible, un precintado con plomo ad hoc, según las instrucciones que se darán a las oficinas.
ART. 3. Las manufacturas que lleven la indicación de otras leyes sin ir acompañadas de la marca o signo del productor, serán admitidas para recibir un punzón ad hoc o para ser precintadas con plomo, de manera que se establezca la prueba de que han sido confeccionadas antes de la entrada en vigor de la ley federal. El ensayo oficial debe demostrar que la indicación de la ley es real.
Regulación de Inscripciones en Lengua Extranjera y Equivalencias de Exportación: Mediante el Decreto aclaratorio del Consejo Federal de diciembre de 1881, se limitaron estrictamente las inscripciones adicionales en idiomas extranjeros u otros sistemas de peso para las cajas destinadas a la exportación, bajo las siguientes equivalencias obligatorias comprobadas por ensayo oficial:
- Para el Oro (Garantía Helvetia o Écureuil): Se autorizan los términos « premier or », « or fin », o los números de zolotnik rusos « 72 » (para 18k / 0,750 pleno) y « 56 » o « 58 » (para 14k / 0,583). En marzo de 1882 se instruyó a las oficinas que las cajas marcadas « 58 » debían alcanzar una ley real de 0,604 (14½ k).
- Para la Plata (Garantía Ours): Se autorizan « premier argent », « argent de pièce », « argent pur » u « 84 » (para el zolotnik ruso de 0,875). Las cajas marcadas como « argent fin » o « argent à pièces » debían certificar una ley de 0,900.
- El caso de la Plata Esterlina (Argent Sterling): Para el mercado británico, Suiza fijó la obligatoriedad de la ley 0,935 asociada al punzón del Oso. Esta sobreelevación respecto al 0,925 legal inglés respondía a la asimilación histórica continental fijada en textos comerciales franceses (como la Revue Contemporaine de 1866) y servía como margen de seguridad (remède o tolerancia), ya que Gran Bretaña destruía las piezas que bajaran del mínimo estricto, al no admitir la tolerancia de 5 milésimas contemplada en la ley suiza.
- El “Título de Onzas” (Argent T13 y T14): Inscripciones basadas en las onzas de plata fina por libra de aleación. El «Argent T14» equivalía a 14 onzas (0,875 de ley sin tolerancia), mientras que el «Argent T13» equivalía a 13 onzas (0,813 de ley teórica que, con la tolerancia admitida, alcanzaba el 0,800 mínimo regulado por el punzón del Urogallo).
- Garantía de la Anilla de suspensión: La anilla de suspensión del cuello de la caja debía fabricarse estrictamente con el mismo metal noble que el resto de la caja exterior.
SECCIÓN III: DATOS ESTADÍSTICOS Y GEOGRAFÍA DEL CONTROL (1882-1886)
Fuente: Cuadro comparativo de punzonados, precintados con plomo y ensayos (Oficinas suizas de control)
El tejido industrial de la relojería helvética a raíz de la implantación de la ley de 1880 se caracteriza por la concentración geográfica de los volúmenes de cajas presentadas y la severidad variable de los ensayos.
Distribución por volumen y media nacional de punzonado (1882-1886)
La Chaux-de-Fonds (Cantón de Neuchâtel): Media del 27,2 % del volumen total suizo. Volúmenes anuales estables que oscilan entre 286.539 (1882) y 304.107 (1886) piezas.
Bienne (Cantón de Berna): Media del 15,2 %. Expansión marcada en 1886 con 232.356 cajas punzonadas.
St-Imier (Cantón de Berna): Media del 11,1 %. Progresión de 99.369 (1882) a 154.743 (1886) piezas.
Le Locle (Cantón de Neuchâtel): Media del 10,7 %. Producción constante que alcanza las 131.749 cajas en 1886.
Madretsch (Cantón de Berna): Media del 10,7 %. Integración masiva a partir de 1883 con 143.415 piezas.
Tramelan (Cantón de Berna): Media del 6,9 %. Actividad que oscila en torno a las 82.189 piezas en 1886.
Fleurier (Cantón de Neuchâtel): Media del 4,5 %. Volumen que asciende a 54.040 cajas en 1886.
Ginebra: Media del 4,3 %. Tendencia a la baja, pasando de 52.848 (1882) a 37.252 (1886) piezas, pero caracterizada por cajas de peso superior.
Schaffhouse: Media del 4,0 %. Progresión de 34.879 a 50.639 piezas en 1886.
Noirmont (Cantón de Berna): Media del 3,5 %. Oficina abierta en 1884 con 48.005 piezas, llegando a 89.293 en 1886.
Neuchâtel: Media del 1,9 %. Volumen residual en descenso, terminando en 11.416 piezas en 1886.
Zúrich: Ningún registro de actividad durante el período.
Volumen de las cajas rechazadas y destruidas (Ejemplo del pico de severidad de 1885)
En aplicación directa de los artículos 6 y 7 del reglamento, el volumen de cajas interceptadas y destruidas mediante corte físico asciende al total nacional de 7.177 piezas en 1885, distribuidas de la siguiente manera por oficina:
La Chaux-de-Fonds: 3.134 cajas rechazadas.
Le Locle: 941 cajas rechazadas.
Bienne: 697 cajas rechazadas.
St-Imier: 567 cajas rechazadas.
Madretsch: 561 cajas rechazadas.
Fleurier: 396 cajas rechazadas.
Tramelan: 272 cajas rechazadas.
Ginebra: 219 cajas rechazadas.
Neuchâtel: 126 cajas rechazadas.
Schaffhouse y Noirmont: Ninguna caja rechazada registrada durante este ejercicio.
SECCIÓN III BIS: LA LIBERALIZACIÓN DE 1886 Y LA APERTURA A LOS ENSAYADORES PRIVADOS
Fuente: Ejecución de la ley federal del 17 de junio de 1886 sobre el comercio de residuos de oro y plata (Departamento Federal de Comercio y Agricultura, Berna, 24 de diciembre de 1886).
Ante el aumento masivo de la producción relojera y el consiguiente colapso de las oficinas oficiales del Estado, la ley federal del 17 de junio de 1886 introdujo un punto de inflexión histórico fundamental: la apertura del sistema de control y tratamiento de metales preciosos a empresas e industriales privados, debidamente acreditados y juramentados por la Confederación.
Este régimen puso fin al monopolio de ejecución del Estado, manteniendo al mismo tiempo una estricta supervisión federal. A partir de este momento, los industriales quedaron autorizados para intervenir directamente según categorías profesionales altamente reguladas:
El punzonado y la garantía de la ley: A diferencia de las oficinas oficiales del Estado, que continuaron aplicando los punzones de garantía nacionales (Helvetia, Ardilla, Oso, Urogallo), estos ensayadores del comercio y fundidores autorizados marcaban los lingotes, las materias primas o las piezas con su propio punzón de maestro o marca comercial registrada. De este modo, garantizaban la conformidad legal del metal bajo su propia responsabilidad civil y penal ante la autoridad federal.
Registro de los primeros industriales designados (Decreto del 24 de diciembre de 1886)
En aplicación del artículo 1.º de la ley, el Departamento Federal otorgó las primeras autorizaciones oficiales a los principales actores del tejido industrial del Jura y de Ginebra, distribuidos de la siguiente manera:
1º Compradores, fundidores y ensayadores (Acheteurs, fondeurs et essayeurs):
Bienas (Bienne): H. Carrel, P. F. Courvoisier.
Le Locle: L. E. Renaud.
La Chaux-de-Fonds: A. Michaud, A. Défer & Cía., Larrivée & Cía.
Ginebra: Usine de dégrossissage, L. Hoffmann, L. y M. Frutiger, Francisque Fontaine.
2º Compradores y fundidores (Acheteurs et fondeurs): Un grupo extenso de fabricantes, especialmente concentrado en Fleurier (W. Stædele, Ferd. Ghirardi, Jos. Musa, D. Ghirardi y J. Musa, Emile Perret), Le Locle (F. Lobrot, Justin Quartier, Augustin Musa, Jacquet frères), La Chaux-de-Fonds (François Farine, P. F. Courvoisier, O. Mandonnet, Vve A. Courvoisier, J. Laubscher, David Calame, Oscar Seclier, Ch. Perrochet) y St-Imier (Jean Santschi, Paul Musa).
3º Compradores y ensayadores (Acheteurs et essayeurs):
Zúrich: M. Jacques Heer.
4º Compradores (Acheteurs): Una lista de casas de confianza que incluía, entre otras, a la Banque du Locle (Le Locle), Pury & Cía. y Fritz Chatelain (Neuchâtel), o bien a Th. Sandoz-Gendre y B. Pantillon (La Chaux-de-Fonds).
5º Fundidores y ensayadores (Fondeurs et essayeurs): Régimen otorgado directamente a los laboratorios de las Oficinas de Control de Noirmont, Madretsch, Bienne, Neuchâtel, Locle y Chaux-de-Fonds.
6º Ensayadores (Essayeurs): Atribuido específicamente a las Oficinas de Control de Fleurier y Tramelan.
SECCIÓN IV: MADUREZ DEL MERCADO Y EVOLUCIÓN AL CAMBIO DE SIGLO (EDICIÓN DE 1899)
Fuente: Guía oficial redactada por Charles Savoie, Director de la Oficina Federal, Berna, agosto de 1899.
El control en Suiza no persigue un fin fiscal, constituye el objeto de una ley de policía industrial y comercial. La tarifa revisada a finales de siglo mantiene la tasa duplicada para las cajas de relojes presentadas en estado terminado.
Las cuvettes de metal (cobre, etc.) en las cajas de relojes se admiten a condición de que lleven la marca «métal» («cuivre», etc.) bien legible. Existen actualmente en Suiza 13 oficinas de control, a saber: Bienne, Chaux-de-Fonds, Delémont, Fleurier, Ginebra, Granges (Soleure), Locle, Neuchâtel, Noirmont, Porrentruy, St-Imier, Schaffhouse y Tramelan.
El año pasado punzonaron 3.570.229 cajas de relojes, de las cuales 577.237 fueron cajas de oro y 2.992.992 cajas de plata, 40.866 objetos de bisutería y de orfebrería, y efectuaron 17.787 ensayos de lingotes de oro y plata. Los directores técnicos reciben las directrices de la autoridad federal, mientras que, desde el punto de vista administrativo y financiero, dependen de los cantones o de las comunas (o asociaciones de interesados). Además del punzonado, estas oficinas están encargadas de la vigilancia del comercio de residuos de oro y plata (ley federal del 17 de junio de 1886). Cifra de las transacciones de residuos ascendió, en 1898, a la suma de Fr. 3.701.118.
El régimen de las exportaciones y regulaciones extranjeras en 1899
FRANCIA
El control es obligatorio y forma parte del servicio de contribuciones indirectas. El punzonado (derecho de garantía) se paga al peso; para el oro, Fr. 0,37½ por gramo, más Fr. 0,02½ por gramo para el ensayo, lo que hace un total de Fr. 0,40 por gramo, y para la plata Fr. 2 por hectogramo, más el derecho de ensayo de 5 céntimos por fracción de 25 gramos. Los objetos importados que no se encuentren en la ley reglamentaria son reexportados a expensas del propietario, quien paga los derechos de ensayo; en caso contrario, estos objetos se rompen.
Punzón «Charançon» [Gorgojo]: Empleado para el control de las manufacturas importadas de Suiza (en un óvalo horizontal para el oro y en un rectángulo horizontal para la plata). El derecho de garantía se reembolsa para las manufacturas reexportadas que no hayan sido vendidas, previa obliteración del punzón.
Punzones de procedencia extranjera: Los relojes reciben para el oro el punzón del «hibou» [búho], en un óvalo vertical, y para la plata el del «cygne» [cisne], en un óvalo horizontal.
Las oficinas en la frontera suiza son Bellegarde, Pontarlier y Montbéliard. Las leyes legales son para el oro: 0,920; 0,840 y 0,750 (la más utilizada); además de 0,583, únicamente para la exportación. Esta 4.ª ley especial se marca con el punzón «tête égyptienne» [cabeza egipcia] y la marca EXP / 583 M en un encuadre elipsoidal, en los fondos de las cajas de relojes. Para la plata, las leyes son: 0,950 y 0,800. Las aplicaciones de oro en las cajas de plata (charnelas, olivas, cañones) no pueden ser de una ley inferior a 0,750 (18 k.), de igual modo que el pan de oro empleado para las coronas.
ALEMANIA
El control de Estado (punzón especial) no existe. La ley del 16 de julio de 1884 concierne a la ley de las manufacturas, la cual para las cajas de relojes no puede ser inferior a 0,585 para el oro y a 0,800 para la plata (tolerancia para el objeto fundido por entero: 5 milésimas para el oro, 8 para la plata). Las joyas de oro y plata pueden marcarse en todas las leyes en milésimas, pero la corona imperial alemana no puede estamparse en las joyas. Para las cajas de relojes, las leyes más utilizadas son 0,750 y 0,585 para el oro y 0,800 para la plata. La indicación de la ley debe expresarse en milésimas, acompañada de la marca del fabricante (depositada en el Tribunal de Comercio de Leipzig) y de la corona imperial alemana estampada por el fabricante:
En el signo solar para el oro: Corona imperial dentro de un sol circular.
En el signo lunar para la plata: Corona imperial junto a una luna creciente.
El control suizo es reconocido en Alemania como sustituto de los signos exigidos. Tras la entrada en vigor de la ley alemana (1887-88), estas cajas deben estar en la ley plena indicada, punzonadas especialmente en Suiza mediante lo dispuesto de dos improntas del punzón de control (a la izquierda y a la derecha de la indicación de la ley en milésimas) junto con la corona imperial alemana.
INGLATERRA
Para las cajas de relojes destinadas a INGLATERRA, existen en Suiza prescripciones análogas a las anteriores, con la diferencia, no obstante, de que, en lugar de dos marcas del punzón federal, se disponen tres, las cuales se efectúan por debajo de la indicación de la ley, de la siguiente manera:
Las leyes se dan ligeramente más elevadas que para las manufacturas destinadas a Alemania. El punzonado de las anillas es obligatorio. Dado que el control es facultativo en Inglaterra, el comercio reclama preferentemente el punzón suizo, el cual se estampa en fábrica, es decir, antes de la importación de las manufacturas en Inglaterra.
Las leyes son más elevadas que para Alemania. El punzonado de las anillas es obligatorio. Dado que el control es facultativo en Inglaterra, el comercio reclama preferentemente el punzón suizo estampado en fábrica.
AUSTRIA-HUNGRÍA
El control es obligatorio en milésimas. Leyes: 0,920; 0,840; 0,750 y 0,580 para el oro, y 0,950; 0,900; 0,800 y 0,750 para la plata. Las manufacturas importadas deben estar, al menos, en la ley indígena más baja (0,580 para el oro, 0,750 para la plata). Estas piezas son remitidas por las aduanas a las oficinas de control y punzonadas mediante la marca «Ausland» [Extranjero]:
Para el oro: Escudo con doble “X” y aspas estilizadas.
Para la plata: Escudo con las letras “A” y “V” entrelazadas.
Marcado aplicado en los cuellos de las cajas. Las coronas y anillas doradas o de chapado dorado no están admitidas. Las aplicaciones de oro en las cajas de plata deben ser de 0,580 como mínimo. Se admiten las cuvettes de metal; deben llevar la indicación «métal» (Metall) visible al exterior de la cuvette (ordenanza austriaca del 22 de febrero de 1889).
ITALIA
No posee control obligatorio en 1899, un proyecto de ley está en fase de estudio. Las manufacturas provistas del punzón suizo se introducen sin dificultades.
RUSIA
Según el reglamento entrado en vigor el 1º de julio de 1896, las cajas de relojes están sometidas al control obligatorio. Las piezas se punzonan en cifras que expresan el número de zolotniks contenidos en una libra de aleación (la libra rusa pesa 409 gr. 496, dividida en 96 zolotniks; 1 zolotnik = 4,26559 gr.). Leyes utilizadas para el oro: 56 y 72 (equivalentes a 0,583 [14 k.] y 0,750 [18 k.]); para la plata: 84 (correspondiente a 0,875). Las anillas y coronas no pueden ser de una ley inferior a la de la caja.
Visto el artículo 25 del reglamento ruso de 1896 (la media de la ley, soldadura incluida, no debe superar la tolerancia de 3 milésimas para el oro y 5 para la plata), el Consejo Federal suizo adoptó, con fecha del 8 de junio de 1896, un decreto que prescribe que, para las cajas que lleven indicaciones rusas, el control federal es obligatorio y debe acusar la ley plena indicada, sin tolerancia (0,750 pleno para el 72; 0,585 pleno para el 56; 0,875 pleno para el 84). Las aplicaciones de oro en las cajas de plata deben tener una ley mínima de 0,585 (56).
OTROS PAÍSES (España, Portugal, Bélgica, Países Bajos, Dinamarca, Suecia, Turquía, Estados Unidos, etc.)
El control es facultativo o no existe en absoluto; la fabricación y el comercio son libres. Las leyes especiales de ciertos países se han convertido en letra muerta (caso de Portugal y de Suecia en 1899). La mayor parte de las cajas de relojes vendidas en Dinamarca y los países escandinavos se punzonan en Suiza del mismo modo que para Alemania (ley en milésimas, punzón suizo, corona imperial dentro del signo solar para el oro y lunar para la plata).
SECCIÓN V: LA TRANSFORMACIÓN EXPORTADORA DE LA RELOJERÍA (DOCUMENTO DE 1907)
Fuente: Informe de actualización técnica de Charles Savoie, Director de la Oficina Federal, Berna, septiembre de 1907.
Este texto reajusta los datos de 1899 ante las nuevas restricciones aduaneras mundiales aparecidas entre 1901 y 1907.
Evoluciones legislativas por país al 1.er de septiembre de 1907
RUMANÍA
Los objetos provistos del punzón oficial suizo se benefician de facilidades. Las tasas fiscales de punzonado son, para los relojes de oro, de 4,10 Lei (francos) por pieza y, para los relojes de plata, de 1,10 Lei. La marca de fábrica es obligatoria. Se admiten los relojes con cajas de oro con anillas de acero chapadas de oro con la ley de 14 k.
BULGARIA
Loi de 1907 (entrada en vigor en 1908). El control es obligatorio para todas las manufacturas. Las leyes son, para el oro: 0,920; 0,840; 0,750; 0,583; 0,500 y 0,333; para la plata: 0,950; 0,900; 0,850; 0,750 y 0,500. Las manufacturas deben estar provistas de la marca del fabricante. Los relojes de oro pagan 4 fr. por pieza, los de plata 1 fr.
CANADÁ
Una ley del 13 de julio de 1906, entrada en vigor el 13 de julio de 1907, prescribe para las manufacturas de oro una ley mínima de 10 quilates (0,417) y, además, las leyes oficiales de 14 quilates (0,583) y 18 quilates (0,750). El grado de pureza del «sterling silver» equivale a 0,925. Las leyes oficiales suizas, garantizadas por la estampación del punzón federal de control, son reconocidas en Canadá.
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA DEL NORTE
Ley del 13 de junio de 1906, entrada en vigor el 13 de junio de 1907, reguladora de la represión de falsas indicaciones de ley. Sistema basado en el régimen represivo mediante denuncia de un tercero. Disposiciones principales: Completa libertad de leyes; obligación para todo objeto de plata que lleve la marca «sterling» de estar en la ley de 0,925, y para aquellos revestidos de la marca «coin» de estar en 0,900. Obligación para toda caja de reloj de estar, en todas sus partes, en la ley indicada, a reserva de una tolerancia para el oro constitutivo de 3 milésimas y para la plata de 4 milésimas. Las cuvettes de metal dorado, chapado o plateado deben llevar legiblemente una de las insculpaciones: «gold plated» o «silver plated».
AUSTRALIA
Disposiciones de la «Commerce Act» de 1907. Toda indicación debe ser conforme a la composición exacta del oro o de la plata empleados. Las cajas provistas del punzón oficial del control federal, sin ninguna adición, son admitidas sin otra indicación de origen. Por el contrario, cuando los relojes de fabricación suiza lleven palabras inglesas, o indicaciones de ley en idioma inglés, o nombres de negociantes establecidos en Australia, se exige la designación «Swiss made» o «made in Switzerland». Ocurre lo mismo con los relojes de cajas de chapado de oro, en las cuales es lícito insculpir la indicación «Rolled Gold» o «Gold plated», a condición de que estén provistas de la designación «Swiss made», en caracteres legibles y en las proximidades de la marca. En lo que concierne a la bisutería, todo objeto debe estar provisto de una etiqueta que lleve la designación de la naturaleza del metal y su país de origen.
Situación de los otros países en 1907
En los demás países (España, Portugal, Bélgica, Dinamarca, Turquía, Repúblicas de América del Sur y Central, Egipto, China, Japón, etc.), el control es facultativo o no existe en absoluto. Algunos de ellos han introducido un control obligatorio mediante leyes especiales, pero estas leyes han caído en desuso (caso reafirmado de Portugal). Las manufacturas de oro y plata fabricadas en Suiza y provistas del punzón de control federal se venden en ellos sin otra formalidad que el pago de los derechos de aduana.